IMPLEMENTACION DE NORMAS NIIF EN COLOMBIA



Las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son un conjunto de normas de contabilidad publicadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, y dentro de dos semanas vencerá el plazo para que las empresas de los grupos I y III sujetos a reglamentarse lo hagan, so pena de ser sancionados económicamente.

De acuerdo con la ley, las NIIF son las normas referentes a contabilidad e información financiera, que permiten identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones económicas de un ente.


La adopción de las NIIF ofrece una oportunidad para mejorar la función financiera a través de una mayor consistencia en las políticas contables, obteniendo beneficios potenciales de mayor transparencia, incremento en la comparabilidad y mejora en la eficiencia.


Mejor acceso a mercados de capital y deuda, simplificar el trabajo al preparar estados financieros bajo IFRS, reducir costos en la presentación de informes, tener información financiera consistente, comparable y transparente, fusiones y adquisiciones bajo el mismo lenguaje contable.



Desde ahora se remplaza el término contabilidad por el de información financiera. Las NIIF son un tema de calidad contable y de transparencia de la información financiera, más que un nuevo marco contable. Son basadas mayormente en principio y no en reglas, lo cual incrementa el juicio profesional que debe utilizar la gerencia y el financiero de la entidad.


Las NIIF podrían ser equiparables con un estándar de alta calidad contable, donde lo que interesa es la información con propósito financiero y no únicamente los requisitos legales (esencia sobre forma). Más que un nuevo marco contable o modelo contable es una buena practica en materia de información financiera.



El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP propuso que estas normas sean conocidas en Colombia como Normas de Información Financiera – NIF y las empresas a las que se les venció el plazo pertenecen a las grupos 1 y 3, sin embargo, el grupo dos tiene plazo hasta el año 2016 para poder ajustar sus sistemas contables a los nuevos requisitos contemplados en la norma.



Cuales empresas conforman el grupo I y II


Grupo I = Emisores de valores, entidades de interés público, entidades que tengan activos totales superiores a treinta mil (30.000) SMMLV o planta de personal superior a doscientos (200) trabajadores.



Grupo II = Personas naturales o jurídicas que cumplan los criterios establecidos en el art. 499 del Estatuto Tributario (ET) y normas posteriores que lo modifiquen. Microempresas que tengan Activos totales excluida la vivienda por un valor máximo de quinientos (500) SMMLV o Planta de personal no superior a los diez.

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